viernes, 28 de agosto de 2020

28/06/2020

EYF NOTICIAS



MOODY’S MANTIENE SU CALIFICACIÓN A PERÚ


Según Jaime Reusche,vicepresidente de Moody’s Inverstors Service, el gasto fiscal para combatir la pandemia, no ha alterado su grado de inversión y sus perspectivas estables. Moody’s cambió la perspectiva de Chile a negativa, pero la del Perú se mantiene en A3, debido a las cuentas fiscales, la trayectoria de estabilidad macroeconómica, las políticas públicas promercado y la prudencia en el manejo fiscal.

El mantenimiento de la calificación se basa en la confianza de que aunque los niveles de deuda pública aumentan, el déficit fiscal se agranda y la economía es golpeada, persiste la confianza de que habrá una respuesta del Estado para adoptar medidas para recuperar el paso.

Según Moody’s es necesario eliminar trabas a la actividad privada, reducir el nivel de conflictividad política y alejarse de las medidas populistas en el plano fiscal. Los inversores, a pesar de la pandemia, aún consideran al Perú como un buen destino para los capitales.

Además, dice Reusche, se requiere que haya una recuperación en las exportaciones mineras que puedan nuevamente fortalecer el sol.



--->





RECIBEN CON BENEPLÁCITO DECISIÓN DEL TC SOBRE LOS PEAJES


La decisión del Tribunal Constitucional (TC) de declarar inconstitucional la Ley 31018, que suspende el cobro de peajes brinda confianza a los inversionistas en el Perú.

La exoneración en el pago de peajes interfiere en la marcha de contratos de concesión que son contratos-ley, desacatando con ello el mandato del segundo párrafo del artículo 62 de la Constitución, según el cual estos “no pueden ser modificados legislativamente”.

El Tribunal Constitucional también estableció que la norma infringe la Constitución al prohibir la compensación correspondiente al concesionario por la afectación causada, desconociendo los derechos, obligaciones y mecanismos de compensación estipulados en los contratos de concesión.



--->




S/, 2,600
Unidad de Ingreso del Sector Público


El Poder Ejecutivo fijó, mediante Decreto Supremo Nº 144-2020-PCM, en 2,600 soles la Unidad de Ingreso del Sector Público correspondiente al año 2021. Tal monto es de aplicación para el cálculo de los ingresos de los funcionarios públicos comprendidos en el artículo 52 de la Ley del Servicio Civil, cuya compensación económica no se haya fijado de acuerdo con lo dispuesto en el último párrafo del referido artículo.



--->