jueves, 13 de agosto de 2020

MODIFICAN
REGLAMENTO
PARA ELECCIÓN
DE DIRECTORES
DE CAJAS MUNICIPALES

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) modificó el Reglamento para la elección de los directores de las Cajas Municipales, mediante Resolución N° 1993-2020.
Con la modificación señalada se busca precisar los aspectos relacionados con la participación del director alterno, los requisitos para ser director y la documentación requerida para acreditar su idoneidad técnica, el proceso de designación, nominación y revocatoria, así como el plazo de duración del cargo de director de los representantes de los pequeños comerciantes o productores.
Para un ordenado desarrollo de las sesiones del Directorio y/o comités exigidos, se establece que el director alterno solo participe en ausencia del director titular en estas sesiones, pero se mantiene la disposición de que el director titular y el alterno no podrán percibir, en conjunto, más de tres dietas al mes por su participación en el directorio y/o en los comités exigidos.
En un plazo no mayor de diez días útiles, contados a partir de la recepción del informe de la Unidad de Auditoría Interna (UAI) con la evaluación de un director propuesto, la SBS se pronunciará sobre dicha evaluación con carácter vinculante. Y si la SBS no se pronuncia se entenderá que los resultados de dicha evaluación son conformes.
La revocatoria de directores por parte de la entidad designante será comunicada con 15 días útiles de anticipación a su efectividad al director en cuestión, a la Gerencia Mancomunada de la CMAC y a la SBS, indicando los motivos de la revocatoria- La SBS podrá requerir información adicional a la entidad designante sobre dicha revocatoria por escrito o mediante convocatoria a la entidad designante y/o al director revocado.


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