Algunos artículos de la Ley General de
Aduana han sido modificados. En ellos se establecen nuevas obligaciones para los operadores del comercio
exterior y administradores o concesionarios de los puertos, aeropuertos o
terminales terrestres.
Así por
ejemplo, se dispone que para el traslado de las mercancías entre lugares
considerados o habilitados como zona primaria, se debe utilizar vehículos que
cuenten con un sistema de control y monitoreo inalámbrico que transmita la
información del vehículo en forma permanente, y que dicha información esté a
disposición de la Administración Aduanera.
Los transportistas están obligados a entregar al dueño, al consignatario o al
responsable del almacén aduanero, cuando corresponda, las mercancías descargadas,
conforme a lo establecido en la normativa vigente, y además transmitir o
entregar a la Administración Aduanera la información del manifiesto de carga,
de los otros documentos y de los actos relacionados con el ingreso y salida de
las mercancías.
En lo que corresponde a los agentes de carga internacional, estos deberán
transmitir o entregar a la Administración Aduanera la información del
manifiesto de carga “desconsolidado” y consolidado, de los otros documentos y
de los actos relacionados con el ingreso y salida de las mercancías.
Las modificaciones también involucran a
los almacenes aduaneros, los cuales estarán obligados a transmitir o entregar a
la Administración Aduanera la información relacionada con las mercancías que
reciben o debieron recibir.
Según afirma
el ministro de Economía Alonso Segura,
las modificaciones en el decreto legislativo 1235 tienen como
finalidad reforzar la seguridad a la
cadena logística y reducir “la contaminación” de los “containers” o depósitos
de carga. Las zonas restringidas -dice- serán “zonas estériles” , accesible
a muy poca gente, aunque admite que la articulación de tal medida será un trabajo complicado.
Por otro
lado, al establecerse claramente las responsabilidades en la cadena logística
los operadores aduaneros “serán responsables de la carga que entre a su poder”.